Podrán ser miembros de la asociación cualesquiera personas físicas o jurídicas que estén domiciliadas en cualquiera de los países que conforman la Unión Europea, que desarrollen su actividad relacionada directa o indirectamente con la oftalmología y ciencias de la visión en dicho territorio, y que se encuentren interesadas en el desarrollo y cumplimiento de los fines del Cluster4Eye.
La incorporación de nuevos asociados requerirá una solicitud avalada por al menos dos asociados, así como el pago de la cuota de ingreso establecida por la asamblea.
En la asamblea del 20 de octubre de 2021 se modificaron las cuotas y aportaciones de los integrantes del clúster teniendo en consideración los aspectos de número de empleados y volumen de negocio.
Se detallan a continuación:
Tipo de socio | Cuota anual |
---|---|
Gran empresa Se tendrán en cuenta aquellas que ocupen a más de 250 personas y/o cuyo volumen de negocios anual exceda los 50 millones de euros. | 2.000€ |
Mediana empresa Se tendrán en cuenta empresas que ocupen a menos de 250 personas y/o cuyo volumen de negocios anual no supera los 50 millones de euros. | 1.200€ |
Pequeña empresa Se tendrán en cuenta empresas que ocupen a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual no supera los 10 millones de euros. | 1.000€ |
Microempresa Se tendrán en cuenta empresas que ocupen a menos de 10 personas y/o cuyo volumen de negocios anual no supera los 2 millones de euros. | 500€ |
Centros de investigación públicos Se tendrán en cuenta las Universidades representadas por sus Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI), Fundaciones Generales, o por algún Departamento/Instituto de Investigación. | 500€ |
Cuota general de primera adhesión | 300€ |
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